Cristina Álvarez Rodríguez es una asesora adscrita a la Presidencia del Gobierno desde 2018, conocida por su larga relación profesional con Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Ocupa en Moncloa un puesto de personal eventual de nivel 26 dedicado a apoyar a Gómez. Investigada desde 2025 en la causa que instruyó el juez Juan Carlos Peinado, el 21 de septiembre de 2026 el magistrado dictó auto de apertura de juicio oral contra ella, como presunta cooperadora necesaria de un delito de malversación, y contra Begoña Gómez. Ambas serán juzgadas por un jurado popular en la Audiencia Provincial de Madrid. La acusación popular pide para ella seis años de prisión, mientras que la Fiscalía solicita su absolución. Rige la presunción de inocencia.
Trayectoria profesional
Cristina Álvarez desarrolló la mayor parte de su carrera en el sector privado, en el ámbito de la consultoría, los estudios de mercado y la formación de directivos, antes de incorporarse a la Administración General del Estado.
- En la década de 1990 trabajó en Inmark, empresa dedicada a estudios de mercado y desarrollo comercial, donde según la información publicada coincidió profesionalmente con Begoña Gómez a finales de esa década.
- Entre 2008 y 2018 estuvo vinculada al Instituto de Directivos de Empresa (IDE-CESEM), escuela de negocios dedicada a la formación empresarial y de directivos.
- En 2018, tras la llegada de Pedro Sánchez a la presidencia del Gobierno, fue nombrada asesora en Presidencia del Gobierno como personal eventual adscrito al gabinete, con nivel 26 y una retribución cercana a los 49.000 euros anuales, según la información difundida.
Su función en Moncloa se ha descrito públicamente como la de una persona de confianza encargada de asistir a Begoña Gómez en su agenda y en su actividad institucional como cónyuge del presidente del Gobierno, una figura que en España carece de un estatuto jurídico propio.
Su papel en el caso Begoña Gómez
El juez Peinado, titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, abrió diligencias en abril de 2024 contra Begoña Gómez a raíz de una denuncia de Manos Limpias. Cristina Álvarez apareció inicialmente en la causa como testigo y en febrero de 2025 pasó a la condición de investigada por presunta malversación de caudales públicos. La hipótesis de las acusaciones es que, según sostienen, habría utilizado su puesto público en Moncloa para realizar gestiones relacionadas con la actividad académica y profesional privada de Gómez, en particular con la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense y con el software desarrollado en torno a ella.
Entre las gestiones que figuran en la causa se citan correos a la aseguradora Reale para pedir el mantenimiento de su patrocinio a la cátedra, comunicaciones con personal universitario y su participación en tres de las veintidós reuniones sobre el desarrollo del software celebradas entre abril de 2022 y febrero de 2024. La defensa sostiene que se trata de tareas propias de su función de apoyo a la esposa del presidente y que no suponen desvío alguno de fondos públicos.
En abril de 2026 Peinado dictó el auto por el que proponía continuar el procedimiento por los trámites de la ley del jurado y atribuía a Álvarez cuatro delitos: tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida. En julio de 2026 la Audiencia Provincial de Madrid estimó en parte los recursos: confirmó el juicio con jurado para Begoña Gómez por tráfico de influencias y malversación, descartó la corrupción en los negocios y la apropiación indebida, y redujo la imputación de Álvarez a un único delito de malversación, limitado a los hechos relacionados con el software. La Audiencia levantó además las medidas cautelares personales que pesaban sobre las investigadas.
Apertura de juicio oral
El 21 de septiembre de 2026 el juez Peinado dictó el auto de apertura de juicio oral. Begoña Gómez será juzgada por presuntos tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, y Cristina Álvarez por presunta malversación en calidad de cooperadora necesaria. El enjuiciamiento corresponderá a un tribunal del jurado constituido en la Audiencia Provincial de Madrid.
Las posiciones de las partes son opuestas. La acusación popular ejercida por HazteOír reclama 13 años de prisión para Gómez y seis años para Álvarez. La Fiscalía, en cambio, solicita la absolución de ambas por no apreciar los elementos necesarios para considerar que hubo malversación, y las defensas piden igualmente la libre absolución. El magistrado rechazó los argumentos de las defensas contra la validez del escrito de acusación de HazteOír. Peinado se jubila el 27 de septiembre de 2026, pocos días después de dictar el auto.
La apertura de juicio oral no supone ningún pronunciamiento sobre la culpabilidad: corresponde al jurado y al magistrado presidente decidir, tras la vista, si los hechos quedan probados. Hasta entonces, Cristina Álvarez goza de la presunción de inocencia y no tiene ninguna condena.
Preguntas frecuentes
¿Quién es Cristina Álvarez? Es una asesora de la Presidencia del Gobierno desde 2018, de nivel 26, encargada de asistir a Begoña Gómez, con quien mantiene una relación profesional desde finales de los años noventa.
¿Por qué va a ser juzgada? El juez Peinado abrió juicio oral contra ella el 21 de septiembre de 2026 por presunta malversación, como cooperadora necesaria, al considerar las acusaciones que usó su puesto público para gestiones privadas de Begoña Gómez relacionadas con el software de su cátedra.
¿Qué pena se pide para ella? La acusación popular de HazteOír solicita seis años de prisión. La Fiscalía pide su absolución.
¿Quién la juzgará? Un jurado popular en la Audiencia Provincial de Madrid, en el mismo juicio que a Begoña Gómez.
¿De qué delitos estuvo investigada? El juez llegó a atribuirle tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida, pero en julio de 2026 la Audiencia Provincial de Madrid limitó la causa contra ella a la malversación.
¿Tiene alguna condena? No. La apertura de juicio oral no implica culpabilidad y rige la presunción de inocencia hasta que haya una sentencia firme.